Reto 1: Reflexión sobre noticia


 




Noticia publicada en el periódico ABC el día 16-02-2024. Enlace:

La brecha salarial en el sector público alcanza el 8%: las mujeres con contratos temporales son el doble que los hombres (abc.es)


La noticia pone de manifiesto como la brecha salarial que separa los ingresos de mujeres y hombres está presente, incluso, en el sector público, que por sus retribuciones regladas podría, a primera vista, parecer inmune a la desigualdad salarial.

Conforme al contenido del artículo, la desigualdad se debe especialmente a la mayor presencia relativa de mujeres en los sectores en los que se produce contratación temporal o a tiempo parcial, siendo la desproporción espectacularmente pronunciada: “…según la EPA que publica Estadística, las cifras de inestabilidad en las administraciones son incluso peores que en el sector privado. En concreto, el número de mujeres con contratos temporales es el doble que el de hombres, mientras que las mujeres con contratos a tiempo parcial son más del triple (152.900 mujeres frente a 42.400 hombres), lo que fuerza en buena medida esta distinción en la percepción de rentas.

Cabe cuestionarse, a ese respecto, si el hecho de que la contratación por periodos inferiores a la jornada anual completa afecte más a mujeres que a hombres responde a una elección voluntaria, ajena a las condiciones socio-familiares de las mujeres afectadas, o es fruto precisamente de la forma en que las llamadas “cargas familiares” afectan a uno u otro género.

Dicha circunstancia ha de ser puesta en relación con los datos contenidos en las páginas 105 y 106 del III Plan para la Igualdad de género en la Administración General del Estado, https://funcionpublica.digital.gob.es/dam/es/portalsefp/funcion-publica/dialogo-social/igualdad-genero/IIIPLANIGUALDADAGE.pdf en el que se expone que, respecto a los permisos relacionados con la conciliación (datos de 2018), cuando estos eran retribuidos (aquellos que no merman la capacidad económica del empleado o empleada), el 52% se concedieron a hombres, y el 48% a mujeres.

Por el contrario, respecto a los no retribuidos, el 72% fue concedido a mujeres, y el 28% a hombres.

Por tanto, incluso entre el conjunto de los profesionales públicos, con una media de formación más alta, estabilidad laboral y, en muchas ocasiones, horarios más aptos para la conciliación que los que existen en el sector privado, se aprecia claramente como, cuando la conciliación familiar exige sacrificar remuneraciones y, al suspender la prestación efectiva de servicios, de forma indirecta, también posibilidades de formación y promoción, son las mujeres las que mayoritariamente lo hacen. 

En este caso los permisos son igualmente accesibles, legalmente, por mujeres y hombres. Por tanto, no estamos ante una desigualdad que nazca en el ámbito laboral, sino que éste se limita a reflejar una inequidad previa, de carácter social, que no es otra que la desigual responsabilidad de hombres y mujeres respecto a las obligaciones de cuidado de familiares, ya sean hijos o progenitores de edad avanzada (circunstancias que, generalmente, motivan los permisos de conciliación).

Esa desigualdad se integra en el tejido social, asumiéndose como algo natural, presente en refranes o dichos habituales (“mejor tener hijas, que te cuidan cuando eres mayor” o “con quien tiene que estar un niño es con su madre”), en nuestra realidad cotidiana, y, de forma significativa, en los juegos infantiles, ofreciéndose a las niñas muñecos de bebés, con utensilios para su cuidado (pañales, cunas …), lo que puede ser considerado natural (al fin y al cabo es juego simbólico de imitación de lo que ven o han vivido en su entorno de crianza), pero sin que se ofrezca, generalmente, ese tipo de juegos a los niños varones que, por supuesto, ven y experimentan ese mismo tipo de cuidados, sin que de ellos se espere que los repliquen en el juego (ni, posteriormente, en la vida adulta).

Considero por ello que este tipo de desigualdad con origen en la falta de corresponsabilidad en las tareas de cuidado y sostenimiento familiar (no solo el cuidado físico de familiares, sino la limpieza de la vivienda, cocina y similares) y con manifestaciones múltiples (stress asociado a los cuidados, menores ingresos, menos posibilidades de ocio, menor presencia en los espacios públicos, menos oportunidades para la participación política o sindical…) no podrá atajarse plenamente atacando las materializaciones de esa desigualdad (las medidas laborales de conciliación en materia laboral, por ejemplo, han conseguido que las mujeres no se autoexcluyan del mercado laboral, pero sin llegar a participar de él plenamente: nos sentamos en la misma mesa, pero en una silla más baja) si no actuamos contra su raíz, y ello no puede hacerse más que con la concienciación y educación de las nuevas generaciones en la absoluta igualdad de hombres y mujeres, niñas y niños, en lo que respecta a las obligaciones familiares de todo tipo, lo cual debe hacerse desde todos los ámbitos: educación formal, juego, representación en libros, televisión y cine de roles femeninos y masculinos de cuidado igualitario, e interviniendo tanto sobre los niños varones (mostrándoles lo que deben hacer), como sobre las niñas (mostrándoles que no deben tolerar la desatención de las obligaciones familiares por sus hermanos/parejas/padres).


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